¿Qué es una DTA y qué dispositivo exige la DIAN para el tránsito aduanero?

¿Qué es una DTA?

La DTA, o Declaración de Tránsito Aduanero, es el documento mediante el cual se ampara y formaliza una operación de tránsito aduanero, permitiendo que determinadas mercancías bajo control aduanero sean trasladadas de una aduana a otra dentro del territorio aduanero nacional, cumpliendo las condiciones establecidas por la normativa aduanera.

En Colombia, las operaciones de tránsito aduanero se encuentran reguladas principalmente por el Decreto 1165 de 2019, junto con sus modificaciones y reglamentaciones posteriores.

La operación no consiste simplemente en transportar una mercancía de un punto a otro. Mientras la carga se encuentra bajo control aduanero, existen obligaciones de seguridad, trazabilidad, control y seguimiento que buscan garantizar que llegue a su destino en las condiciones autorizadas.

Por eso, cuando hablamos de una DTA, también hablamos de un elemento fundamental para la gestión del riesgo en las operaciones de comercio exterior.

¿Para qué sirve una Declaración de Tránsito Aduanero?

La DTA permite soportar una operación de tránsito aduanero en la que las mercancías son movilizadas bajo control de la autoridad aduanera.

En términos prácticos, permite establecer información relevante de la operación, como:

  • La mercancía objeto del tránsito.
  • El origen y destino de la operación.
  • La información relacionada con el medio de transporte.
  • La empresa transportadora.
  • El conductor.
  • Las condiciones bajo las cuales se autoriza el tránsito.
  • La identificación de la operación dentro de los sistemas de información aduaneros.

Además, la DIAN dispone de servicios informáticos electrónicos para la solicitud, autorización, ejecución y finalización de las operaciones de tránsito aduanero y transporte multimodal a nivel nacional.

Esto es importante porque la trazabilidad de la operación no depende únicamente de tener un documento. También requiere mecanismos que permitan conocer qué ocurre con la carga durante su recorrido.

¿Qué dispositivo exige la DIAN para determinadas operaciones de tránsito aduanero?

Aquí aparece uno de los conceptos más importantes para las empresas que participan en operaciones de comercio exterior:

El dispositivo de trazabilidad de carga.

El Decreto 1165 de 2019, modificado posteriormente, define el dispositivo de trazabilidad de carga como un equipo electrónico exigido por la autoridad aduanera que puede instalarse en las mercancías, unidades de carga o medios de transporte.

Su objetivo es proteger la integridad de la carga mediante el registro de cierres y aperturas, además de transmitir información sobre el posicionamiento de las unidades de carga y los medios de transporte.

La normativa contempla monitoreo 24 horas al día, en tiempo real y con memoria de eventos.

Por eso, es importante diferenciarlo de un GPS convencional.

Un GPS comercial puede permitir conocer la ubicación de un vehículo, pero el dispositivo utilizado dentro del esquema de trazabilidad aduanera debe cumplir las condiciones técnicas y operativas establecidas por la DIAN y estar integrado al sistema de seguimiento correspondiente.

¿Es lo mismo un GPS que un dispositivo de trazabilidad de carga?

No necesariamente.

Esta es una de las confusiones más frecuentes.

Un sistema GPS convencional está orientado principalmente al seguimiento de vehículos, mientras que el dispositivo de trazabilidad de carga dentro del esquema aduanero tiene funciones adicionales relacionadas con el control de la operación.

La regulación exige características orientadas, entre otras cosas, a:

  • Identificar la ubicación de la carga o medio de transporte.
  • Registrar eventos de apertura y cierre.
  • Generar información en tiempo real.
  • Mantener memoria de eventos.
  • Permitir el acceso remoto de la autoridad aduanera.
  • Facilitar el seguimiento de la operación.
  • Generar alertas frente a determinados eventos de riesgo.

La Resolución 44 de 2019 establece las características y condiciones para la implementación de estos dispositivos y señala que deben permitir el seguimiento y control remoto o telemático de la mercancía, unidad de carga o medio de transporte.

¿Cuándo se utiliza el dispositivo de trazabilidad de carga?

La obligación no significa que toda mercancía transportada en Colombia deba llevar este dispositivo.

La exigencia aplica a las operaciones que la DIAN determina mediante la regulación correspondiente.

Actualmente, la Resolución 44 de 2019, modificada posteriormente, establece diferentes operaciones sujetas a la utilización de dispositivos electrónicos de seguridad/trazabilidad.

Entre ellas se encuentran determinadas operaciones de:

1. Tránsito aduanero nacional

La regulación contempla la modalidad de tránsito aduanero y transporte multimodal para mercancías transportadas en contenedores cuyo ingreso al territorio aduanero nacional se realice por determinados puertos marítimos habilitados por la DIAN.

2. Tránsitos aduaneros internacionales

También existen exigencias para determinados tránsitos internacionales que:

  • Inician en territorio aduanero nacional o zona franca.
  • Terminan en territorio aduanero nacional o zona franca.
  • Pasan por una aduana del país.
  • Se encuentran dentro de las demás modalidades de tránsito internacional contempladas en la normativa.

En determinadas operaciones internacionales, la regulación exige la instalación del dispositivo de trazabilidad de carga en las unidades de carga precintables.

3. Determinados traslados relacionados con zonas francas

La regulación también contempla determinados traslados desde zona franca hacia zona primaria aduanera para mercancías transportadas en contenedores.

Por eso, antes de iniciar una operación, es fundamental verificar qué régimen, modalidad, tipo de mercancía, unidad de carga, origen, destino y vía de ingreso aplican al caso concreto.

¿Qué información permite controlar la DIAN?

Uno de los grandes objetivos de la trazabilidad aduanera es que la autoridad pueda conocer el comportamiento de la operación mientras esta se encuentra en ejecución.

La regulación contempla eventos como:

Instalación del dispositivo → inicio del viaje → seguimiento → detección de novedades → llegada → remoción/desinstalación.

Entre los eventos que deben identificarse durante el seguimiento se encuentran:

  • Instalación del dispositivo.
  • Inicio del viaje.
  • Remoción del dispositivo.
  • Desvíos de ruta no justificados.
  • Paradas no autorizadas o no justificadas.
  • Aperturas no autorizadas de la unidad de carga.
  • Desinstalación del dispositivo.

Esto convierte la trazabilidad en mucho más que un mapa con la ubicación de un camión.

Se trata de generar evidencia sobre lo que ocurre durante el recorrido.

¿Por qué la trazabilidad es importante para las empresas de transporte?

Para una empresa transportadora, operador logístico, importador o exportador, una operación de tránsito aduanero implica gestionar diferentes riesgos.

Por ejemplo:

¿La carga siguió la ruta autorizada?

¿Se presentó una parada no justificada?

¿La unidad de carga fue abierta durante el recorrido?

¿El dispositivo fue removido o manipulado?

¿Dónde ocurrió una eventualidad?

Con un sistema de trazabilidad adecuado, estos eventos pueden convertirse en información disponible para el monitoreo y la gestión de riesgos.

La propia DIAN señala que realiza seguimiento, control y monitoreo de cargas bajo control aduanero mediante diferentes fuentes de información, incluyendo las plataformas de dispositivos de trazabilidad de carga.

¿Qué pasa si se presenta una alerta durante el tránsito?

La tecnología no reemplaza la gestión operativa. Su función es proporcionar información para que las autoridades y los responsables de la operación puedan detectar y gestionar novedades.

Por ejemplo, un desvío no justificado o una apertura no autorizada puede convertirse en una señal de alerta que requiera revisión.

La Resolución 44 establece que los operadores deben reportar a la DIAN situaciones que puedan representar un riesgo para el desarrollo normal de la operación aduanera.

Por eso, la trazabilidad tiene un componente tecnológico y otro operativo:

Datos + monitoreo + alertas + gestión = mayor capacidad de control.

¿Quién puede suministrar el dispositivo de trazabilidad?

No cualquier empresa puede presentarse simplemente como proveedor del dispositivo utilizado para estas operaciones.

La normativa establece un esquema en el que el servicio de trazabilidad para las cargas o mercancías bajo control aduanero mediante estos dispositivos debe ser prestado por operadores seleccionados por la DIAN, de acuerdo con los requisitos y procedimientos establecidos.

Además, el Decreto 659 de 2024 actualizó aspectos del régimen relacionados con los dispositivos de trazabilidad de carga y estableció que la instalación para mercancías sujetas a control aduanero está a cargo de los operadores que los suministran.

Esto es especialmente relevante para transportadores y empresas de comercio exterior: no basta con instalar cualquier GPS o precinto electrónico.

El dispositivo y el servicio deben responder al marco establecido por la autoridad aduanera.

DTA + dispositivo de trazabilidad: ¿cómo se relacionan?

Podemos entenderlo de una manera sencilla:

La DTA documenta y ampara la operación de tránsito aduanero.

El dispositivo de trazabilidad permite hacer seguimiento electrónico a la carga durante la operación cuando su utilización es exigible.

Son elementos diferentes, pero complementarios.

  • DTA: Formaliza la operación de tránsito aduanero
  • Dispositivo de trazabilidad: Permite monitorear y controlar electrónicamente la carga
  • Plataforma de trazabilidad: Recibe y procesa la información del dispositivo
  • DIAN: Realiza seguimiento y control aduanero
  • Transportador: Ejecuta el traslado bajo las condiciones autorizadas

La DIAN, además, dispone de procedimientos específicos para realizar seguimiento, control y monitoreo de las cargas bajo control aduanero utilizando sistemas de información y plataformas de dispositivos de trazabilidad.

¿Qué debe tener en cuenta una empresa antes de realizar una operación de tránsito?

Si tu empresa participa en operaciones de comercio exterior, es recomendable revisar como mínimo:

1. Identificar el tipo de operación

Determina si se trata de tránsito aduanero nacional, tránsito internacional, traslado desde zona franca u otra operación.

2. Revisar si existe obligación de utilizar dispositivo

La obligación depende de la operación y de las condiciones establecidas en la regulación vigente.

3. Verificar el operador

El servicio debe ser prestado dentro del esquema de operadores autorizado/seleccionado por la DIAN.

4. Validar la trazabilidad

No basta con saber dónde está el vehículo. Es importante que la solución permita gestionar los eventos relevantes de la operación.

5. Revisar las alertas

Desvíos, paradas, aperturas o manipulaciones pueden ser indicadores relevantes para la gestión del riesgo.

6. Conservar evidencia

La trazabilidad histórica permite disponer de información útil para revisar lo sucedido durante el recorrido y soportar la gestión de una eventual novedad.

La trazabilidad aduanera también es gestión de riesgos

La evolución de la normativa muestra una tendencia clara: la tecnología se utiliza cada vez más como herramienta para fortalecer el control y la trazabilidad de las operaciones de comercio exterior.

La DIAN explica que los dispositivos de trazabilidad buscan contribuir a la modernización de la aduana y al control, facilitación y seguimiento de mercancías bajo potestad aduanera.

Para las empresas, esto significa que la trazabilidad no debería verse únicamente como un requisito.

También puede convertirse en una herramienta para mejorar la visibilidad de la operación, detectar novedades oportunamente y construir una mayor capacidad de respuesta frente a los riesgos del transporte.

DTA y DIAN: lo esencial en 30 segundos

Si necesitas recordar solamente lo más importante:

DTA: Declaración de Tránsito Aduanero que ampara una operación de tránsito aduanero bajo control de la autoridad.

Dispositivo exigido: en las operaciones determinadas por la DIAN, se utiliza un dispositivo de trazabilidad de carga, anteriormente denominado dentro de la regulación como dispositivo electrónico de seguridad.

¿Qué hace? Registra eventos relacionados con la unidad de carga y transmite su posicionamiento, permitiendo monitoreo en tiempo real y memoria de eventos.

¿Es cualquier GPS? No. Debe cumplir las condiciones técnicas y operativas establecidas por la regulación y utilizarse dentro del esquema autorizado por la DIAN.

¿Aplica a todos los transportes? No. La obligación depende de las operaciones de comercio exterior específicamente determinadas por la normativa vigente.

¿Tu operación de comercio exterior necesita trazabilidad?

Cuando una mercancía está bajo control aduanero, tener visibilidad durante el recorrido puede marcar la diferencia entre reaccionar después de una novedad y detectarla mientras está ocurriendo.

En JM Tracking trabajamos en soluciones de trazabilidad de carga, monitoreo y gestión de operaciones logísticas, orientadas a que las empresas tengan mayor control y visibilidad sobre sus operaciones.

Si estás revisando cómo implementar o fortalecer la trazabilidad de tus operaciones de comercio exterior, puedes evaluar qué requerimientos aplican a tu operación y qué solución tecnológica se ajusta a ellos.

Importante: la obligación de utilizar dispositivos de trazabilidad depende de la operación específica y de la normativa aduanera vigente. Este artículo tiene finalidad informativa y no sustituye la revisión de la regulación aplicable a cada operación.